Baja California ya cuenta con un reglamento para operar su Ley de Adopciones. El nuevo ordenamiento fija los requisitos, evaluaciones, plazos y causas de cancelación para quienes busquen adoptar, además de detallar el proceso de certificación de abandono o exposición, el acogimiento preadoptivo y el seguimiento posterior. El decreto fue publicado el 27 de marzo de 2026 en el Periódico Oficial del Estado y entró en vigor al día siguiente.
La publicación llega casi tres años después de la entrada en vigor de la Ley de Adopciones del Estado de Baja California, emitida el 3 de marzo de 2023. Esa ley ordenó en un artículo transitorio que el reglamento debía expedirse dentro de los 180 días naturales posteriores a su entrada en vigor.
El nuevo reglamento convierte en reglas operativas varios puntos que la ley de 2023 ya contemplaba de forma general. La legislación vigente desde 2023 estableció, por ejemplo, que el certificado de idoneidad tendría vigencia de dos años y que el acogimiento preadoptivo no podría exceder 30 días hábiles, además de ordenar seguimiento posterior a la adopción. El reglamento ahora desglosa cómo se integra el expediente, qué documentos deben presentarse, cómo se realizan las evaluaciones y en qué casos la autoridad puede frenar o cancelar el trámite.
Entre los cambios más relevantes, el reglamento exige a las personas solicitantes constancia del curso de capacitación, carta para definir el perfil de la niña, niño, adolescente o persona con discapacidad que desean adoptar, cartas compromiso, constancias de no antecedentes penales, comprobantes de ingresos, documentos del domicilio, cartas de recomendación de familiares y no familiares, fotografías de la vivienda y de convivencias familiares, certificado médico expedido por institución pública y exámenes toxicológicos. También ordena entrevistas psicológicas y estudios socioeconómicos para quienes solicitan adoptar y para las personas que habitan en el mismo domicilio.
Ese nivel de detalle contrasta con la ficha pública del trámite de adopción en el portal estatal, donde se enlistaban requisitos más acotados como constancia del grado máximo de estudios, acta de nacimiento, acta de matrimonio, identificación oficial, solicitud por escrito, currículum vitae, carta de no antecedentes penales, entrevista con el área jurídica y fotografía tamaño credencial. En la versión más reciente de esa misma ficha, actualizada el 19 de febrero pasado, ya aparecen constancia del curso de escuela para padres y carta compromiso de seguimiento.
Cancelaciones
Otro punto que el reglamento desarrolla con amplitud es la cancelación del procedimiento. La Procuraduría podrá terminar anticipadamente el trámite si detecta información falsa, expedientes incompletos, faltas injustificadas a citas, incumplimiento de terapia, ausencia en el curso de Escuela para Padres Adoptivos, negativa a visitas domiciliarias o cambios en las condiciones personales o familiares que puedan afectar el interés superior de la niñez.
La norma también detalla el camino que debe seguir una niña, niño, adolescente o persona con discapacidad para quedar en posibilidad de adopción. La Procuraduría debe integrar el expediente, agotar búsquedas familiares, emitir la certificación de abandono o exposición y elaborar el informe de adoptabilidad. A partir de esa certificación, la persona menor o con discapacidad queda susceptible de adopción.
En el plano nacional, el Registro de Adopciones del Sistema nacional DIF reportó 3 mil 882 niñas, niños y adolescentes registrados para adopción y 2 mil 508 adopciones concluidas entre 2014 y el 30 de junio de 2024. De ese total, 2 mil 97 fueron adopciones nacionales y 23 internacionales. El mismo registro reportó 286 adopciones concluidas en 2022 y 156 en 2023.
En Baja California, el gobierno estatal señaló en 2024 que al inicio de la actual administración había 25 solicitudes de adopción y que esa cifra había subido a 79. En 2022 un boletín informó que 12 niñas y niños habían sido asignados en adopción en los primeros seis meses de esa gestión.
El antecedente legislativo de la reforma de 2023 advertía que en México coexistían distintos sistemas de adopción en códigos civiles, leyes familiares y leyes especiales, además de una ausencia de estadísticas sólidas y de una multiplicidad de normas y prácticas. El nuevo reglamento de Baja California cierra esa etapa pendiente de la ley estatal y fija por primera vez un procedimiento administrativo detallado para todo el proceso adoptivo.