Restaurantes y bares que pretendan transmitir partidos del Mundial 2026 deberán contratar una señal autorizada para uso comercial, no una cuenta personal, residencial o doméstica.
La advertencia fue difundida por Canirac en una guía dirigida al sector restaurantero, en la cual se explica que ver un partido en casa no es lo mismo que transmitirlo dentro de un establecimiento abierto al público. En un restaurante o bar, la transmisión se convierte en una comunicación pública dentro de una actividad comercial.
Por ello, no basta con tener televisión abierta, cable doméstico o una plataforma residencial. Antes de anunciar partidos, promociones o reservaciones ligadas al Mundial, los negocios deben confirmar con su proveedor que el paquete contratado permite uso comercial en restaurantes, bares o espacios públicos.
Canirac señala que actualmente los derechos de transmisión en México corresponden a Televisa mediante servicios autorizados para establecimientos, entre ellos IZZI Negocios y Sky Business. La cámara recomienda verificar directamente con el proveedor si el servicio contratado cubre este tipo de uso.
El uso de cuentas personales de streaming no está recomendado. De acuerdo con la guía, estas cuentas están diseñadas únicamente para uso doméstico, por lo que utilizarlas dentro de un restaurante puede generar incumplimientos contractuales y riesgos relacionados con derechos de transmisión.
La base federal también distingue entre uso privado y comunicación pública. La Ley Federal del Derecho de Autor define la comunicación pública como el acto por el cual una obra se pone al alcance general por cualquier medio o procedimiento de difusión. La misma ley establece que su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Indautor y, en los casos previstos, del IMPI.
La autoridad
En materia de propiedad industrial, la legislación federal faculta al IMPI para tramitar procedimientos de infracciones administrativas, ordenar visitas de inspección, requerir información e imponer sanciones cuando se acrediten violaciones a derechos protegidos.
Los establecimientos también deberán cuidar la forma en que anuncian o decoran sus espacios. Las directrices de la FIFA para la Copa Mundial 2026 establecen que los organizadores de proyecciones públicas deberán cumplir el Reglamento de Proyecciones Públicas y obtener una licencia de la FIFA o de alguno de sus titulares de derechos audiovisuales.
La FIFA también advierte que las pantallas públicas que transmitan imágenes en movimiento de los partidos deberán evitar el uso de propiedad intelectual oficial o publicidad patrocinada que pueda crear una vinculación no autorizada entre el torneo y terceros sin derechos comerciales.
En términos prácticos, restaurantes y bares pueden utilizar referencias genéricas al fútbol, a las selecciones o a los países participantes, pero no deben usar logotipos, nombres oficiales, emblemas, trofeos, lemas o tipografías protegidas por la FIFA en promociones, manteles, menús, carteles, pantallas, redes sociales o decoración, salvo que cuenten con autorización.
Canirac recomienda no utilizar señales pirata, links ilegales, cuentas compartidas, decodificadores irregulares, cobros exclusivos por acceso al partido sin revisión previa ni organizar eventos masivos sin validar permisos o condiciones aplicables. También identifica al IMPI como la autoridad principalmente encargada de verificaciones en esta materia, sin descartar la participación de otras autoridades según el caso.
Antes de transmitir partidos del Mundial, restaurantes y bares deben revisar tres puntos básicos: contar con señal comercial autorizada, tener confirmación del proveedor sobre el uso permitido y evitar cualquier promoción o decoración que pueda aparentar una relación oficial con la FIFA o con el torneo.