La reforma al artículo 127 de la Constitución que eliminó las “pensiones doradas” constituye una violación a los derechos humanos, ya que era un derecho adquirido, señaló el abogado litigante Carlos Güereña.
Con la modificación de la ley, las pensiones para jubilados del sector público no podrán superar los 70 mil pesos mensuales, es decir, la mitad del salario de la Presidenta de la República, aun cuando ya los estaban recibiendo, explicó Güereña.
Eso implica que no se está respetando la irretroactividad, precisó, un principio jurídico que establece que las nuevas leyes no deben aplicarse a personas que adquirieron derechos antes de que estas entraran en vigor.
“La implicación que tiene la modificación constitucional, no es por la modificación o por la afectación que tiene a los pensionados, que es grande, sino la trascendencia o el cambio de paradigma que trasciende a nuestra Constitución.
“(Ese cambio) va a afectar no solo a los pensionados que están en este momento inmersos en la vorágine de la reforma, sino que además tiene una implicación jurídica trascendental para todos los demás por omisiones o violaciones claras a derechos humanos, sobre todo con el tema de la irretroactividad”, detalló el abogado.
El litigante Carlos Güereña impartió hoy la conferencia “Implicación de la reforma constitucional en materia de pensiones y jubilaciones”, convocada por el Consejo de Organizaciones Ciudadanas Independientes y Unidos por la Defensa de Issstecali.