El Pleno del Congreso del Estado aprobó iniciativas para fortalecer la protección jurídica de las personas adultas mayores.
El artículo 29 de la Ley objeto de la reforma, establece un catálogo de deberes a cargo de la familia, reconociéndola como el núcleo primario de cuidado, asistencia y protección.
Dentro de estos deberes, se contempla la obligación de abstenerse de realizar conductas que vulneren la integridad y dignidad de la persona adulta mayor.
El Dictamen No. 17 relativo a las iniciativas de reforma a la Ley de los Derechos, Protección e Integración de las Personas Adultas Mayores, fueron presentadas en distintas fechas por los diputados Adriana Padilla Mendoza y Ramón Vázquez Valadez (con licencia).
La enmienda propuesta a la fracción IX, resulta pertinente y necesaria, ya que amplía y precisa el alcance de dicha obligación de abstenerse, al incorporar de manera expresa conductas como la coacción, el trabajo forzado y cualquier actividad que, por sus condiciones, pueda representar un menoscabo a la dignidad o integridad de las citadas personas.