Tras la autorización para que los automovilistas puedan circular con vidrios polarizados en Tijuana, la regidora Georgina Arana Cruz, hizo un llamado a los ciudadanos para reportar a los policías que no respeten esta reforma que entró en vigor el pasado 12 de junio.
La edil panista y presidenta de la Comisión de Vialidad y Movilidad Urbana celebró que después de tres años de aprobada su propuesta en el Cabildo de Tijuana, por fin se haya publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.
Enfatizó que los conductores deben denunciar si los agentes de tránsito o policía, aún los detienen, infraccionan o extorsionan por el hecho de traer en sus vehículos un polarizado de nivel permitido.
Asimismo, instó a las autoridades a que realicen una campaña para informar a los ciudadanos a qué tienen derecho con esta reforma al artículo 18 del Reglamento de Tránsito Municipal.
“También que se les dé la capacitación a los agentes de tránsito y a los jueces municipales, es muy importante, ese es el paso que sigue y que se adquieran los equipos para medir el grado polarizado, los luxómetros”, apuntó.
Acerca de los luxómetros, dijo que la autoridad no puede decir que no hay presupuesto para adquirirlos, ya que estos dispositivos tienen un costo aproximado de mil 500 pesos.
“Si tienes 80 agentes de tránsito, máximo 100, pues vas a comprar 100 equipos, o sea, presupuesto hay”, señaló Arana Cruz.
Recordó que una de las razones para impulsar la reforma sobre polarizados, fue la salud, ya que tras reuniones con el Colegio de Dermatólogos y el Colegio de Oftalmólogos se determinó cuál era el grado de polarizado de acuerdo a alguna enfermedad, por ejemplo, el cáncer de piel.
Con la reforma al artículo 18 del Reglamento de Tránsito, ahora ha quedado establecido que “Se permitirá la circulación de todos los vehículos con la documentación vigente, con ventanillas obscurecidas ya sea por micas, películas de control solar (polarizado) o tintes especiales no mayor al término medio que no impidan la visibilidad hacia el interior del vehículo, incluyendo aquellos tintes que hayan sido instalados por el fabricante del vehículo y cumplan con la Norma Oficial Mexicana”.
Añade la reforma que “En caso de incumplimiento a este supuesto, el agente permitirá que, en el momento de su intervención, el conductor del vehículo relacionado, retire el polarizado únicamente en caso de que éste obstruya totalmente la visibilidad al interior del vehículo, y en caso de negativa, el agente levantará la infracción respectiva”.
La disposición señala que esta reforma se extiende para los vehículos automotores de procedencia extranjera, así como para vehículos automotores registrados en otro municipio o entidad de la República Mexicana.